Boletín del Centro de Documentación Hegoa

Boletín de recursos de información

nº25 Diciembre 2010. Centro de Documentación HEGOA

El Boletín de recursos de información del Centro de documentación Hegoa vía e-mail es una propuesta de distribución de documentación en formato electrónico a los agentes sociales de la cooperación internacional de la CAPV. Cada número ofrece información básica sobre un tema destacado, del que se reseñan recursos de documentación actualizados, así como una sección fija de recursos sobre cooperación internacional.

Indice: Tema central :: Organismos Multilaterales :: Cooperación Internacional :: Cooperación regional y local (descentralizada) :: ONGDs

Tema central

Tema Central: Jurisdicción universal: entre la impunidad y la esperanza en la justicia frente a las violaciones de derechos humanos

¿Qué es la jurisdicción universal?

La “jurisdicción universal” es un principio jurídico que reconoce la persecución internacional de delitos de tal gravedad y relevancia que se consideran una ofensa a la conciencia universal, a toda la humanidad y por tanto trascienden la nacionalidad de las víctimas o los perpetradores que los hayan cometido o a los países donde se llevaron a cabo los hechos, por lo que pueden ser perseguidos en cualquier país del mundo.

Dentro de estos delitos están los que se consideran como delitos de lesa humanidad, es decir diferentes delitos como por ejemplo violación sexual, desaparición forzada, ejecución extrajudicial o tortura que son llevados a cabo de modo generalizado, sistemático contra civiles, y otros delitos muy graves como genocidio, esclavitud o crímenes de guerra. Consecuentemente, su persecución y sanción constituyen no sólo un compromiso, sino también un interés compartido teóricamente por todos los Estados y cuya legitimidad no puede cuestionarse por intereses políticos o económicos de cada uno de ellos.

Hay que aclarar que se trata de una justicia penal, en la que se persigue a personas acusadas de delitos y violaciones de derechos humanos especialmente graves como las señaladas. Además, los hechos pueden haberse producido hace tiempo dado que son delitos imprescriptibles, es decir a los que no se pueden aplicar cláusulas como el tiempo pasado desde los hechos o la tipología penal que exista en el país como obstáculos para llevar a cabo los procesos.

Por otra parte, la jurisdicción universal es especialmente clave en situaciones en las que los mecanismos de justicia en el propio país no han sido eficaces o han conllevado falta de investigación o de castigo, es decir se encuentran en la impunidad, o han sido juzgados de manera fraudulenta por lo que no podrían aplicarse otros preceptos jurídicos como el de non bis in idem, es decir, la imposibilidad de juzgar dos veces a la misma persona por los mismos delitos.

Durante estos años, la jurisdicción universal ha ido abriéndose paso en diferentes países.

Diferentes propuestas internacionales se han ido desarrollando como principios o mecanismos que aseguren la jurisdicción universal para acabar con la impunidad.

Apertura de procesos judiciales

Este principio de jurisdicción universal ha estado en la base de procesos judiciales que se han abierto en países como España, Bélgica, Francia o Italia para procesar por estos graves crímenes a reconocidos genocidas o dictadores y responsables de violaciones masivas de derechos humanos en regiones como América Latina, África u Oriente Medio, entre otros. En el caso del Estado español, la materialización del principio de jurisdicción universal estaba contenida en artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Los casos más conocidos llevados a cabo amparándose en la jurisdicción universal en el estado español han sido la denuncia contra Chile, el caso de la Junta Militar Argentina y la denuncia contra los dictadores de Guatemala Ríos Montt y Lucas García y la del asesinato de los jesuitas de la UCA en El Salvador en 1989. Otros se dieron contra presuntos responsables de crímenes de lesa humanidad de Rwanda, o Tíbet. La denuncia contra Pinochet conllevó su detención por orden del juez Garzón en Londres en 1998 y supuso un aldabonazo a la conciencia universal y la esperanza de que la impunidad podría derrotarse más allá de las fronteras y de las legislaciones, así como que la protección de los derechos humanos contaría a partir de este caso con un principio jurídico de validez universal. Otro caso emblemático fue la condena al capitán Scilingo que participó en los vuelos de la muerte en Argentina donde miles de ciudadanos fueron tirados vivos al mar para hacerlos desaparecer.

¿Qué impacto ha tenido?

El impacto de la jurisdicción universal puede verse en la consagración de principios jurídicos globales y el estímulo de mecanismos de justicia que puedan enjuiciar a responsables de violaciones de derechos humanos sin los habituales límites legales o locales. Uno de sus impactos más importantes, aunque a menudo invisibles, ha sido la esperanza de las víctimas de muchos países respecto a que sus derechos sean escuchados y la justicia que demandan encuentre escenarios que sean respetuosos con sus derechos y estén a la altura de la gravedad de las atrocidades cometidas.

La jurisdicción universal también es un mecanismo de la lucha contra la impunidad en el mundo, dado que los genocidas o violadores de derechos humanos pueden tener que limitar sus movimientos y sus acciones para evitar ser enjuiciados en el futuro. Por otra parte, la jurisdicción universal no es un sustituto de la justicia nacional, sino un mecanismo complementario, y sus efectos deberían tener que verse también desde el ámbito judicial y social local.

El ejemplo del caso Pinochet muestra que la detención en Londres y su posterior extradición, a pesar de que no supuso que se le llevara el juicio en Chile debido a las argucias legales y la falta de compromiso de las autoridades, también estimuló el inicio de procesos judiciales contra miembros del ejército o carabineros en Chile que nunca habían sido juzgados hasta entonces, aduciendo que en Chile había una amnistía. Es decir, la detención del ex dictador y los movimientos de lucha contra la impunidad que ya se estaban dando en el país hicieron que el sistema judicial chileno perdiera el miedo y superara algunos de los obstáculos para llevar adelante los juicios que demandaban las víctimas. Dichos efectos se dieron también en el caso argentino, y algo menos en el caso de Guatemala o El Salvador, debido a la debilidad, y en otros casos la complicidad, del aparato judicial.

Uno de los problemas que ha tenido la aplicación de este principio es la importancia de la investigación previa. De hecho muchas de las demandas que han tenido más avances se han dado en países con un fuerte movimiento de derechos humanos y se han basado en la investigación previa y los argumentos jurídicos impulsados por dichas organizaciones y abogados defensores de derechos humanos. Una crítica realizada por diversos autores es que muchas demandas se han puesto en países del Norte económico y político del mundo, contra perpetradores de países del Sur, y se ha intentado llevar a cabo denuncias en diferentes contextos y países para que no sea visto este principio como una justicia de los fuertes”.

Otros mecanismos internacionales de justicia

En las últimas décadas se han dado algunos otros mecanismos de justicia internacional y conviene aclarar sus funciones, dado que son diferentes del principio y mecanismo de jurisdicción universal. Por ejemplo, los Tribunales de Estrasburgo en Europa o la Corte Interamericana en América juzgan la responsabilidad de los Estados en casos de violaciones de derechos humanos, pero no son tribunales penales, es decir están destinados a establecer la responsabilidad individual de presuntos perpetradores. Otros tribunales internacionales sí. Por ejemplo los tribunales ad hoc de la ExYugoeslavia y Rwanda que juzgaron los crímenes cometidos en el contexto de la guerra de Bosnia entre 1992-1995 y el genocidio en Rwanda en 1994.

Consecuencia de la evolución de esa necesidad de establecer internacionalmente la responsabilidad penal de los individuos se creó la Corte Penal Internacional (CPI), que ya no está ligada a un conflicto armado o país específico, y de carácter permanente. La CPI está basada en el Estatuto de Roma aprobado en una Conferencia de las Naciones Unidas en julio de 1998. La CPI entró en funcionamiento en 2002, pero solo puede juzgar los casos de países que hayan firmado el tratado, y que se den con posterioridad a dicha firma. La primera sentencia de la CPI se espera para mediados de 2011.

Hay delitos amparados por la jurisdicción universal como parte de crímenes de guerra como pillaje o delitos de lesa humanidad, en los que pueden darse la responsabilidad de otros actores como empresas multinacionales o sus directivos. Por ejemplo, estos tribunales de Ruanda o Ex Yugoslavia analizaron las categorías de instigación, inducción, encubrimiento, complicidad y colaboración, válidas para establecer la responsabilidad penal corporativa. Ver: "Justicia internacional, pillaje de guerra, derechos humanos y multinacionales" Jordi Palou Loverdos, Generalitat de Catalunya. Oficina de promoción de la paz y de los derechos humanos, 2010 .

Límites a la jurisdicción universal e intereses económicos o políticos

Desde hace una década, la esperanza de la aplicación del principio de jurisdicción universal ha venido chocando contra los intereses políticos o económicos de diferentes Estados. Por ejemplo, en el Estado español a partir de 2009, el Parlamento aprobó una modificación de la legislación que pone condiciones y limita el alcance de la jurisdicción universal. Dichas modificaciones suponen tres condiciones para que los tribunales sean competentes: que el presunto responsable se encuentre en España, que las víctimas sean españolas o concurra “algún vínculo de conexión relevante con España”. Dichas modificaciones fueron hechas a finales de 2009 en medio de un debate escondido en el Parlamento español, sin publicidad, y constituyen un grave atentado a dicho principio de jurisdicción universal. Más simbólico aún dado que se da en un Estado que se había convertido en emblemático a raíz de los casos Pinochet y Scilingo. Dichos cambios legales estuvieron motivados por el cambio de postura del gobierno del PSOE y el apoyo del PP a raíz de acuerdos con Israel, Marruecos o China, países respecto a los cuales existían demandas por los casos de Palestina por crímenes en Gaza en 2002, en Sáhara Occidental y en Tíbet respectivamente.

De esta manera el principio de jurisdicción universal se ha visto sometido y despreciado, limitando las garantías de investigación de crímenes de lesa humanidad o genocidio si se dan intereses comerciales o políticos. Movimientos similares se han dado en otros países como Bélgica.

Papel de las organizaciones de derechos humanos y de víctimas

Sin embargo, las organizaciones de derechos humanos han seguido impulsando la vigencia y las demandas de investigación de crímenes atroces en base al principio de jurisdicción universal. La lucha contra la impunidad es una mezcla de conciencia, persistencia y creatividad. Cuando en Argentina las leyes de Obediencia Debida y Punto Final suponían el bloqueo de las investigaciones sobre los desaparecidos, las Abuelas de Plaza de mayo pusieron demandas judiciales por el robo de bebés, abriendo una brecha por la que se empezó a quebrar la impunidad. Además, los juicios por la Verdad, en los que los presuntos perpetradores debían dar toda la información de que disponían sobre casos de desaparecidos o en caso contrario podían ser condenados por ello, abrieron la puerta a derechos como a la verdad o al duelo, que no habían sido reconocidos hasta entonces.

La importancia de la jurisdicción universal y los mecanismos señalados está entonces en convertir esta conciencia universal en mecanismos y prácticas colectivas que impulsen esta esperanza para todos y todas. El papel del acompañamiento a las víctimas en estos procesos que tienen una dimensión no solo jurídica sino también psicosocial es un aspecto cada vez más importante en todos estos procesos que unen la búsqueda de justicia con los esfuerzos por reconstruir sociedades fracturadas por la violencia y el impacto en las víctimas de violaciones masivas de derechos humanos.

Lecturas y recursos Web recomendados

(Autor: Carlos Martín Beristain miembro de Hegoa, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional. Universidad del País Vasco. UPV/EHU)

Cooperación multilateral

Cooperación Multilateral

(Presentamos una serie de lecturas de interés y actualidad sobre las secciones habituales)

Informes y conferencias de organizaciones internacionales

Cumbre de Cancun sobre cambio climático. UNCFCC, Diciembre 2010. La Cumbre de Naciones Unidas sobre el cambio climático concluyó con un acuerdo consensuado sobre una serie de medidas concretas, entre ellas, la creación de un Fondo Verde Climático y un compromiso para elevar los objetivos de reducción de emisiones de gases que causan el efecto invernadero.Comunicado de prensa.

UNAIDS Report on the global AIDS epidemic 2010. La edición de 2010 del Informe de ONUSIDA sobre la epidemia mundial de sida incluye nuevas fichas de puntuación por país que tratan algunas de las principales cuestiones a las que se enfrenta la respuesta al sida. Partiendo de los últimos datos de 182 países, este documento ofrece un análisis integral de la epidemia y la respuesta. Por primera vez, el informe aporta datos de tendencia sobre la incidencia recopilados en más de 60 países.

Word Disasters Report 2010: Focus on urban risk. International Federation of Red Cross and Red Crescent Societies. Por vez primera en la historia de la humanidad, más personas viven en entornos urbanos que en entornos rurales y, tan solo dentro de 20 años, más del 60% de la población mundial vivirá en ciudades. La mayor parte del crecimiento demográfico en los próximos decenios se registrará en ciudades de países de bajos y medianos ingresos. Resumen en español.

World Report 2011. Human Rights Watch. El informe es un examen anual de Human Rights Watch sobre las prácticas de derechos humanos en todo el mundo, resume las principales cuestiones de derechos humanos en más de 90 países y territorios, lo que refleja el extenso trabajo de investigación que Human Rights Watch llevó a cabo en 2010. Resumen en español.


Cooperación Internacional

Cooperación Internacional

La sociedad civil como agente de la gobernanza democrática en la cooperación internacional para el desarrollo. Estudio de caso: La política comunitaria de cooperación en Ghana. Marta Stoyanova Matrakova. IUDC, diciembre 2010. El presente trabajo de investigación analiza, desde la perspectiva de las principales teorías políticas de la democracia, la relación existente entre la idea de sociedad civil y las funciones reales que se le atribuyen a ésta dentro del marco de la política comunitaria de cooperación en Ghana.

La cooperación de Brasil: un modelo en construcción para una potencia emergente. Bruno Ayllón Pino. Real Instituto Elcano, 2010. Descripción de la cooperación de Brasil como instrumento de la política exterior brasileña o del papel de Brasil en la nueva arquitectura de la ayuda, incluyendo su creciente expansión en África y su protagonismo en los debates sobre el desarrollo internacional.

Las nuevas intersecciones entre pobreza y desarrollo: Tensiones y contradicciones de la sociedad civil y los gobiernos progresistas. Eduardo Gudynas. Grupo de trabajo Universidad Nacional de Colombia, 2010. El objetivo del presente artículo es ofrecer algunos aspectos destacados sobre las tensiones entre el debate sobre la pobreza y los estilos de desarrollo, y en especial aquellos puntos que cobran una mayor relevancia desde una postura crítica al desarrollo convencional.

Cooperación local

Cooperación Regional y Local (Descentralizada)

Buenas prácticas para la promoción de la transparencia a nivel local. PNUD, Colombia, Diciembre 2010. Las actividades que se resaltan en el texto son un aporte a la disminución de los riesgos de corrupción y una contribución directa al mejoramiento de la gobernabilidad local, entendida como las condiciones de acuerdo entre Estado y ciudadanía alrededor de los temas de interés público

Sistematización de los materiales de apoyo del diplomado "Fortalecimiento de las capacidades administrativas técnicas y políticas de los gobiernos municipales, funcionarios, lideres, lideresas y autoridades comunitarias. Julio Eugenio Mora Montenegro. Instituto Hegoa, Guatemala, 2010. Este trabajo se enmarca en las actividades llevadas a cabo a partir del convenio suscrito entre el Instituto Hegoa y el Gobierno vasco dentro de la estrategia vasca de cooperación al desarrollo en Guatemala.

La iniciativa de la GHD en la cooperación descentralizada: Pistas para mejorar la acción humanitaria de las comunidades autónomas. Documento de trabajo de Intermón Oxfam e IECAH, Noviembre 2010. Dada la importancia y el peso que tiene la cooperación descentralizada, la implementación de la iniciativa de la Buena Donación Humanitaria  (GHD, en sus siglas en Inglés) como guía dentro de la acción humanitaria de la cooperación descentralizada es un elemento fundamental para la mejora de su calidad.

ONGDs

ONGDs

Dakar recibe el Foro Social Mundial 2011.La edición centralizada se celebrará del 6 al 11 de febrero en Dakar (Senegal). El Día de la África y de la Diáspora se reserva para el segundo día del Foro.

Haití un año después. Informes de Intermón Oxfam, 2010: De la emergencia a la reconstrucción; Haití en su laberinto. El estado haitiano y la comunidad internacional han logrado escasos avances en la reconstrucción del país. Los dos informes valoran el proceso vivido en el primer año después de la catástrofe.

Cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria en el sáhara: capacitación técnica para el desarrollo en el refugio. Hegoa, 2010. Esta publicación es el resultado de un proceso de dos años de trabajo en el marco del proyecto Capacitación y asistencia técnica en gestión de proyectos y ayuda humanitaria, AECID, 2008. El texto pretende ofrecer un panorama, seguramente incompleto, del potencial de la cooperación al desarrollo y la ayuda humanitaria, que mueva a la reflexión compartida de las diferentes entidades involucradas en la cooperación y la ayuda humanitaria.

Eusko Jaurlaritza Hegoa, Nazioarteko Lankidetza eta Garapenari Buruzko Ikasketa Institutua Bizkaiko Foru Aldundia

HEGOA, Instituto de Estudios sobre Desarrollo y Cooperación Internacional Centro de Documentación
URL: www.hegoa.ehu.es. Teléfono: 94-601 3856
Suscripciones en: i_gandariasbeitia@ehu.es.
Universidad del País Vasco. Zubiria Etxea Avda. Lehendakari Agirre, 83 48015 Bilbao